Artículo 3°: INTEGRACIÓN
Lo integran todos los C PI “Corredores Públicos Inmobiliarios†de la Provincia de Córdoba, que se encuentran matriculados en esta institución y los que, cumplimentando las disposiciones legales, se inscribieran en el futuro, con domicilio legal constituido en el territorio de la Provincia de Córdoba.-
Artículo 4°: DOMICILIO
El Colegio Profesional tiene su sede en la Ciudad Capital de la Provincia de Córdoba y podrá
tener Delegaciones en las Ciudades Cabeceras o de los Departamentos de la Provincia.
Artículo 5°: FUNCIONES, ATRIBUCIONES, FINALIDADES
Son funciones, atribuciones y deberes del Colegio Profesional las especificadas en el artículo
27, 28 y 29 de la ley 9445/07 y las que en el futuro le impusieran las leyes, decretos o
reglamentos que se dictaren.-